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¿Qué pasos dar si mi inquilino no me ha pagado el alquiler durante los últimos meses?

  • 06 de Abril, 2021
  • ABC

Del Observatorio Jurídico de Legálitas se extrae que una de cada cinco consultas realizadas con sus abogados durante los últimos 12 meses tuvieron que ver con temas de consumoUn año después de que el Gobierno decretase el estado de alarma y de numerosas restricciones y confinamientos en nuestro país, los hábitos de consumo han cambiado y también las circunstancias vitales de muchos ciudadanos que han tenido que enfrentar escenarios adversos por la incertidumbre sanitaria y económica. Del Observatorio Jurídico de Legálitas se extrae que una de cada cinco consultas realizadas con sus abogados durante los últimos 12 meses tuvieron que ver con temas de consumo como las dificultades para pagar una hipoteca o el alquiler, los obstáculos a la hora de recuperar lo abonado por las reservas de viajes, los problemas con las compras realizadas a distancia, asuntos relacionados con los suministros contratados (agua, luz, gas, telefonía e internet) e, incluso, la entrada en ficheros de morosos por las deudas impagadas durante los últimos meses. Además, los temas laborales también se llevaron parte del protagonismo por la aprobación de miles de ERTE y todo lo relacionado la conciliación, teletrabajo o la solicitud del Ingreso Mínimo Vital.

A continuación, hacemos un repaso por los problemas legales que la pandemia ha generado en los ciudadanos y los derechos de consumidores que más se han vulnerado:

-Impagos del alquiler: En Legálitas señalan que la principal consulta expuesta por los arrendadores está relacionada con los impagos de la renta y la posibilidad de llevar a cabo un desahucio. Por parte de los arrendatarios, la cuestión más comentada ha sido la posibilidad de pedir una prórroga del contrato que finalizaba dentro del estado e alarma o la forma de dilatar el lanzamiento de la vivienda arrendada cuando reciben la demanda judicial en caso de no haber pagado la renta durante meses. En el despacho de abogados recomiendan el pacto entre ambas partes y reflejar el nuevo acuerdo, que es de seis meses en el caso de las prórrogas, en documento. La última solución si no se reciben las mensualidades acordadas será poner en marcha un procedimiento de desahucio mediante la presentación de la demanda. En caso de que le procedimiento judicial ya esté en marcha, al inquilino no le quedará otra que intentar demostrar al juzgado que es económicamente vulnerable.

Cabe recordar que los inquilinos en situación vulnerable pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación a través de un crédito con plazo de devolución de hasta seis años prorrogable excepcionalmente por otros cuatro años, sin gastos ni intereses, y avalado por el ICO, explican desde la OCU. El arrendatario deberá probar su vulnerabilidad económica ligada al covid con un límite de ingresos de cinco veces el IPREM.

-Retrasos en la cuota mensual de la hipoteca. Desde Legálitas recuerdan que la moratoria hipotecaria, que se puede pedir hasta el próximo 30 de marzo, ha supuesto una solución para las personas que se han quedado sin ingresos y sin posibilidad de hacer frente a sus pagos mensuales por su vivienda o el local comercial. En caso de que se cumplan con los requisitos exigidos, el banco no exigirá el pago mensual durante un plazo máximo de nueve meses.

-Reembolso del dinero abonado por un vuelo Miles de consumidores afectados por la cancelación de sus viajes siguen sin obtener la devolución del dinero que les corresponde por ley, según denuncian desde la Organización de Consumidores OCU. En caso de cancelación de un vuelo a causa de restricciones derivadas de la pandemia, los consumidores tienen derecho a recibir el precio del billete. Sin embargo, muchas aerolíneas han optado por ofrecer un bono a cambio para volar en otra ocasión. Los portavoces de la OCU remarcan que la aceptación del bono no es obligatoria ni la única opción que se debe ofrecer.

-Cancelación de un viaje combinado. En este caso, la agencia de viajes podrá entregar al consumidor que así lo acepte un bono para ser utilizado en el plazo de un año desde la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas. Si transcurre este tiempo y no se ha utilizado el bono, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo que deberá abonarse en un plazo máximo de 14 días, tal y como subrayan desde la OCU.

-Compras por internet. Con el incremento del comercio online también se han disparado las reclamaciones por pedidos que no llegan, artículos dañados o cobros incorrectos, entre otras incidencias. La reclamación de estos problemas dependerá de dónde se haya realizado la compra ya que la mayoría de los problemas vienen de empresas ubicadas fuera de la Unión Europea. Desde Legálitas inciden en que el vendedor deberá ofrecer una solución al cliente en caso de que el artículo llegue con retraso para que este tenga la última palabra a la hora de decidir entre esperar o recuperar el importe abonado. Si no recibe respuesta o no le dan la opción del reembolso en un mes, el usuario podrá dirigirse a las Juntas Arbitrales de Consumo o al Centro Europeo del Consumidor en caso de ser una empresa con sede en la UE. En caso de desacuerdo extrajudicial, siempre quedará la posibilidad de presentar una demanda judicial.

-ERTE sin cobrar. En los meses más duros de la pandemia, miles de trabajadores en ERTE no recibían el dinero del Estado por el colapso del SEPE. Si alguien persiste en esta situación, o incluso ha cobrado de más por error, desde Legálitas aconsejan notificar la incidencia en la web del SEPE, solicitar cita previa en la oficina de empleo correspondiente y reclamar por escrito.

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